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La prohibición total del aborto en Nicaragua está poniendo en peligro la vida de niñas y mujeres. Negándoles tratamiento para salvar sus vidas e impidiendo a profesionales de la salud de practicar protocolos obstétricos necesarios contribuye a un aumento de las muertes maternas en todo el país. El informe La prohibición total de aborto en Nicaragua: La vida y la salud de las mujeres en peligro; los profesionales de la medicina, criminalizados es el primer estudio de Amnistía Internacional que examina el impacto en los derechos humanos de la negación del aborto cuando la vida o la salud de una mujer o niña está en riesgo, incluso cuando ella es víctima de violación o incesto. Un nuevo código penal introduce sanciones para los profesionales de la medicina y la enfermería que tratan a una mujer embarazada o niña por enfermedades como el cáncer, la malaria, el VIH/sida o en situaciones de emergencia cardiaca cuando el tratamiento está contraindicado en el embarazo y puede causar lesiones o muerte del embrión o feto. ¡ACTÚA!
Señor Embajador: Me dirijo a usted para transmitirle mi profunda preocupación por la penalización de todas las formas de aborto en Nicaragua por parte de su gobierno. El nuevo Código Penal de Nicaragua, que entró en vigor en julio de 2008, establece que es delito el acceso a todos los servicios de aborto, incluso si peligra la vida o la salud de una mujer o una niña de seguir adelante con el embarazo, o cuando éste es resultado de una violación. Al privar a mujeres y niñas del derecho a la vida y a la salud, el gobierno nicaragüense está incumpliendo sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. La penalización de todas las formas de aborto es ilegal, irrazonable e inaplicable. A menudo es difícil –en algunos casos imposible– demostrar si una mujer ha sufrido un aborto espontáneo o se trata de un aborto inducido. Por esta razón, las miles de mujeres y niñas que sufren abortos espontáneos cada año en Nicaragua, y las personas que las asisten, corren el riesgo de ser falsamente acusadas de inducir un aborto, sobre todo en los entornos más empobrecidos, donde su acceso a representación letrada es más limitado. La decisión adoptada por el gobierno nicaragüense de privar de acceso seguro a esta clase de tratamiento médico básico sitúa a Nicaragua entre los escasos países del mundo –sólo el tres por ciento– que han aprobado una legislación tan draconiana. Esta decisión retrógrada pone a Nicaragua en desventaja con respecto al resto del mundo. La penalización del aborto en todas las circunstancias hará que más mujeres y niñas en Nicaragua recurran a abortos clandestinos no seguros que podrían causarles problemas de salud a largo plazo, infertilidad o muerte. La penalización de todas las formas de aborto, además, deja al personal médico y de enfermería atado de pies y manos. La incertidumbre y el miedo que ha generado la penalización causa retrasos en las decisiones sobre complicaciones obstétricas, e impide a los profesionales de la salud dispensar tratamiento médico y atención obstétrica para salvar vidas. Aunque las Normas y Protocolos para la Atención de Complicaciones Obstétricas (Protocolos Obstétricos) del Ministerio de Salud nicaragüense sobre buenas prácticas para la atención de complicaciones durante el embarazo recomiendan su interrupción en caso de complicaciones obstétricas concretas, todo profesional que siga esta recomendación podría enfrentarse ahora a un proceso penal porque la legislación entra en conflicto directo con los Protocolos Obstétricos. La prohibición total del aborto priva a las mujeres y niñas embarazadas por violación de la oportunidad de decidir libremente si desean seguir adelante con el embarazo, sin ser coaccionadas para continuar involuntariamente con el embarazo bajo amenaza de cárcel. Esta ley afecta sobre todo, inevitablemente, a las mujeres y niñas que dependen de los servicios públicos de salud y viven en la pobreza, ya que la población de sectores más acomodados puede viajar al extranjero para recibir el tratamiento que necesitan. Le insto a transmitir estos motivos de preocupación a las autoridades nicaragüenses en términos de la mayor contundencia posible. Solicite al gobierno nicaragüense que derogue los artículos 143, 145, 148 y 149 del Código Penal nicaragüense y que se adopten todas las medidas correctivas necesarias para garantizar el acceso a servicios de aborto legales y seguros sin restricciones ilógicas para mujeres y niñas cuya vida o salud peligra de seguir adelante con el embarazo o cuyo embarazo es producto de una violación. Le insto además a pedir a las autoridades nicaragüenses que confirmen públicamente que no se procesará a ningún profesional de la salud por seguir las recomendaciones contenidas en las Normas y Protocolos para la Atención de Complicaciones Obstétricas (Protocolos Obstétricos) del Ministerio de Salud. Atentamente,
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